Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/806061
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806061
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1702
SEGURO SOCIAL, EL INSTITUTO MEXICANO DEL, TIENE EL CARACTER DE AUTORIDAD.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1702
El Instituto Mexicano del Seguro Social, tiene el carácter de autoridad, puesto que sus actividades son inseparables del imperio que las caracteriza para hacer cumplir sus determinaciones por conducto de las oficinas exactoras; pues así se deduce del artículo 135, reformado, de la Ley del Seguro Social, que confiere al mencionado instituto, entre otras facultades, considerándolo como organismo fiscal autónomo, la determinación de los créditos y de las bases para su liquidación, fijar la cantidad líquida de estos créditos, percibirla y cobrarla por conducto de la Oficina Federal de Hacienda que corresponda, con sujeción a las normas del Código Civil. Por tanto, es infundado el pedimento del Ministerio Público Federal, en el sentido de que se sobresea en el amparo, porque el Instituto Mexicano del Seguro Social no es autoridad.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 336/46. Ardines A. Francisco. 5 de marzo de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.