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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806079
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 2127
QUEJA IMPROCEDENTE CONTRA EL AUTO DE UN JUEZ DE DISTRITO, QUE ADMITE LA DEMANDA DE AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 2127
Contra el auto que admite la demanda de garantías, y que contiene la declaración implícita del Juez, en el sentido de ser competente para conocer del juicio de amparo, no procede el recurso de queja, por no ser el idóneo para combatir dicha resolución, ya que la Ley de Amparo en su artículo 56 establece el procedimiento que debe seguirse cuando alguna de las partes estima que un Juez de Distrito está conociendo de un amparo que es de la competencia de la Suprema Corte de Justicia, en única instancia.
Precedentes
Queja en amparo en materia de trabajo 581/47. Unión de Empleados de la Fábrica de Hilos "El Salvador", S. A. 29 de marzo de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.