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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806096
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXXXII, Primera Parte; Pág. 23
TRIBUNAL FISCAL. CARECE DE COMPETENCIA PARA JUZGAR SOBRE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LAS LEYES.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXXXII, Primera Parte; Pág. 23
El Tribunal Fiscal de la Federación carece de competencia para estudiar y resolver sobre la inconstitucionalidad de una ley, ya que tal facultad corresponde al Poder Judicial de la Federación a través del juicio de amparo.
Precedentes
Amparo en revisión 4547/59. Super Gas de México, S. A. 21 de abril de 1964. Mayoría de dieciocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo en revisión 4059/59. Condominio Insurgentes, S. A. 21 de abril de 1964. Unanimidad de diecinueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo en revisión 4650/59. José Castillo Ortega. 14 de abril de 1964. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Amparo en revisión 2921/59. Alfonso Moreno Carmona. 14 de abril de 1964. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Sexta Epoca, Primera Parte:
Volumen LXXIX, página 41. Amparo en revisión 2053/60. Autobuses Unidos Flecha Roja del Sur, S. A. de C. V. 21 de enero de 1964. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Volumen LXVIII, página 21. Amparo en revisión 3858/58. Catalina Herrera de Galindo. 12 de febrero de 1963. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Angel González de la Vega.