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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806111
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXI, Primera Parte; Pág. 28
AMPARO CONTRA LA INCONSTITUCIONALIDAD DE UNA LEY.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXI, Primera Parte; Pág. 28
Si bien la jurisprudencia de la Corte expresa que no hay obligación de agotar recursos ordinarios contra una ley que se considere inconstitucional, ello no quiere decir que exista el derecho de agotar tales recursos contra los actos administrativos de aplicación de la misma ley, ya que el simple transcurso del plazo para pedir amparo, sin que se presente la demanda relativa, hace presumir que se consintió la ley aplicada.
Precedentes
Amparo en revisión 60/58. Humberto Martínez Lara. 31 de julio de 1962. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Mariano Azuela.