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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806139
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 77
POSESION, ENTREGA DE, A TITULO DE DUEÑO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 77
Si se dio posesión de un predio a la tercera perjudicada, y aquélla no deriva de una intervención, como consecuencia de un embargo, sino que en el caso se hizo entrega del bien a dicha tercera perjudicada, a título de dueña y al mismo tiempo se hizo la notificación a los inquilinos, de que paguen a su representante las rentas, el acto estuvo bien apreciado como consumado, porque ahí terminó la intervención de la autoridad responsable, y todos los efectos de la posesión se agotaron, precisamente por la notificación hecha a los inquilinos, y aun cuando el pago de las rentas sea de tracto sucesivo, la suspensión no puede tener el efecto de privar de la posesión a la persona a quien le fue dada, pues este efecto sólo corresponderá a la sentencia que decida el fondo del amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5781/47. Peña Facundo. 4 de octubre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.