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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
806163
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 729

PADRES, EL DERECHO QUE TIENEN PARA VER Y TRATAR A SUS HIJOS, NO PUEDE SER OBJETO DE CONVENIO (PATRIA POTESTAD, FACULTADES QUE CONFIERE Y EFECTOS DE LA PERDIDA DE LA).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 729

Precedentes

Amparo civil directo 8185/46. Sordo Noriega Antonio. 27 de octubre de 1947. Mayoría de tres votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no votó en este asunto por las razones que se expresan en el acta del día. Disidente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Agustín Mercado Alarcón.
Registro digital (IUS): 806163