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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806189
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2056
TRANVIAS DE MEXICO, OCUPACION ADMINISTRATIVA DE LOS BIENES DE LA COMPAÑIA DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2056
Dados los términos del decreto de dos de febrero de mil novecientos cuarenta y cinco, debe estimarse que la ocupación administrativa de los bienes de la Compañía de Tranvías de México, S. A., tuvo el carácter de intervención; de manera que las personas nombradas por el Departamento del Distrito Federal, sólo podían considerarse como administradoras de los bienes de la citada negociación, la que continuaba como propietaria de ellos, y quienes manejaban los tranvías, seguían siendo empleados de dicha compañía y no de quien administra sus bienes. Por tanto, si encontrándose en esa situación la compañía de tranvías, uno de sus empleados cometió un atropellamiento, aquélla estaba obligada a responder, como patrona, del daño causado.
Precedentes
Tomo XCVI, página 2740. Indice Alfabético. Amparo directo 5411/47. Compañía de Tranvías de México, S. A. 25 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Tomo XCVI, página 2056. Amparo civil directo 5121/47. Compañía de Tranvías de México, S. A. 25 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.