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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806194
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1368
ALBACEAS, RENDICION DE CUENTAS DE LOS (ABUSO DE CONFIANZA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1368
No causa perjuicio a la sucesión, el hecho de que la quejosa haya omitido cierta partida, al rendir cuentas como albacea, porque cualquier interesado en el juicio sucesorio puede promover, en cualquier tiempo, la adición de inventarios para que se adicionen con la partida omitida, ya sea como dinero en efectivo o como crédito, salvo las defensas que por algún concepto legal pudiera oponer la albacea; y falta asimismo el dolo si, en los diversos incidentes que se tramitaron con motivo de las cuentas que presentó la quejosa, en su carácter de albacea y cónyuge supérstite, está evidenciado que se citó a todos los interesados, para que usaran del derecho de objeción que la ley concede en el caso, sin que se hiciera uso de tal derecho de objeción, en unas ocasiones, por obstención, absoluta y en otras por la extemporaneidad de la objeción, lo que es incompatible con la intención dolosa; y autorizar, en un caso así, la transformación fe una acción civil en otra penal, estaría en total desacuerdo con las consecuencias que debe tener la declaración de que se tiene por perdidos los derechos de objeción, del que no los usó en forma oportuna.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6658/46. Paredes Viuda. de Vázquez Enriqueta. 21 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.