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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806237
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2258
SENTENCIAS DE AMPARO, CUMPLIMIENTO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2258
La autoridad responsable no ha incurrido en inejecución de una sentencia de amparo que mandó reponer el procedimiento en atención al recurso de revocación interpuesto por el quejoso, si, aunque omitió, por error, resolver respecto de dicho recurso y pronunció sentencia definitiva, subsanó su equivocación declarando nulo todo lo actuado y mandando reponer el procedimiento.
Precedentes
Incidente de inejecución de sentencia 2/48. Zamudio Antonio. 9 de marzo de 1948. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.