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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806239
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2272
RESOLUCIONES PRESIDENCIALES EN MATERIA AGRARIA (CONFLICTOS DE LIMITES).
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2272
Constitucionalmente, la Corte carece de competencia para tramitar una reclamación en contra de una resolución presidencial que no resuelve un conflicto de límites de terrenos comunales, sino que lo deja pendiente; esto se deduce del texto expreso de la fracción VII del artículo 27 de la Constitución Federal, en relación con los artículos 314, 319 y 323 del Código Agrario.
Precedentes
Juicio de inconformidad 1/44. Comisariado Comunal del Poblado de San Antonio Abad, Municipio de Ihuitlán Plumas, ex-Distrito de Coixtlahuaca, Oaxaca. 16 de marzo de 1948. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.