Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/806269
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806269
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1103
POSESION, PRUEBA DE LA (INFORMACIONES AD PERPETUAM).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1103
La constancias de una información ad perpetuam no acreditan la posesión que el quejoso afirme tener, por tratarse de pruebas testimoniales no rendidas en el juicio de amparo, con las formalidades que exige la ley, y sin dar oportunidad al tercer perjudicado, para ejercitar el derecho de repreguntar a los testigos.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5145/46. Franco Ponce Feliciano. 29 de julio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.