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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806292
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 313
PROCEDIMIENTO OBRERO, OMISION DE LA AUDIENCIA DE DISCUSION Y RESOLUCION EN EL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 313
Si la Junta omitió celebrar la audiencia de discusión y resolución a que se refieren los artículos 539, 546 y siguientes de la Ley Federal del Trabajo, es claro que con ello violó las leyes del procedimiento y privó de defensa al quejoso, por lo que debe concederse el amparo a fin de que se reponga el procedimiento, se celebre dicha audiencia y se pronuncie nuevo laudo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4859/45. Pérez Juvencio. 10 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.