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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806298
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 375
TRABAJADORES FALLECIDOS DURANTE EL CONFLICTO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 375
Debe sobreseerse en el amparo, que hayan pedido revocando la sentencia del inferior ya que la violación hecha valer por la empresa quejosa, es de carácter procesal irreparable, y además, en el laudo que en definitiva se dicte, si se llega a estimar que el expediente debió mandarse archivar, por haber muerto el trabajador, la mencionada violación no adquirirá sustantividad alguna, o no habrá por otra parte, perjuicio alguno para la parte quejosa, si las conclusiones no son condenatorias por algún motivo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8026/44. Compañía Minera Asarco, S. A. Unidad de Santa Bárbara. 11 de octubre de 1945. Mayoría de tres votos. Disidentes: Roque Estrada y Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.