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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806303
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 465
DESISTIMIENTO DE LA ACCION POR FALTA DE PROMOCION EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, PARA EL DESAHOGO DE PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 465
Cuando se trata del desahogo de pruebas, si éste no se lleva a cabo, debe existir promoción de la parte actora, para que se verifique y si no se hace y transcurre el término de tres meses, tiene aplicación la sanción que establece el artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, en el sentido de que debe tenerse por desistida a la parte correspondiente de la acción.
Precedentes
Tomo LXXXVI, página 1918. Indice Alfabético. Amparo en revisión 5074/45. The Cananea Consolidated Copper Co., S. A. 16 de noviembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXVI, página 465. Amparo en revisión en materia de trabajo 2389/45. Haas Hermanos y Compañía. 15 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. La publicación no menciona el nombre del ponente.