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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806340
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1103
RESISTENCIA Y ATAQUES A LA AUTORIDAD, DELITO DE (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1103
El artículo 204 del Código Penal vigente en el Estado dice: "Se castigará con arresto de seis meses a dos años de prisión y multa de diez a mil pesos al que empleando la fuerza, el amago o la amenaza, se oponga a que la autoridad o sus agentes ejerzan algunas de sus funciones o resista el cumplimiento de un mandato legítimo ejecutado en forma legal.". Del texto claro y preciso de este precepto , se infiere, en primer lugar, que la oposición sea a la autoridad pública o a sus agentes, y si en el caso a estudio no aparece que los miembros de la policía que se dicen agraviados hubieran mostrado ese carácter en forma ostensible o inequívoca, frente al responsable ya que no iban uniformados, en virtud de ser miembros de la policía secreta, razón por la que, no portando uniformes, ni habiéndose identificado ante el inculpado como agentes de la autoridad, no puede concebirse que éste hubiera tenido el ánimo de resistir a ella, dado que desconocía el carácter de sus aprehensores. Tampoco existe comprobado que el quejoso se hubiera resistido al cumplimiento de un mandato legítimo ejecutado en forma legal, si se trata de una orden de aprehensión expedida por el procurador de Justicia del Estado, que carece de facultades para dictarla puesto que no emana de autoridad judicial y de un procedimiento realizado con las formalidades esenciales.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8440/46. Klevezas Zusmanos. 6 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.