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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806392
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 760
TRIBUNAL SUPERIOR, SEPARACION DE FUNCIONARIOS POR ORDEN DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 760
Aunque ni en el texto del decreto de veintiocho de diciembre de mil novecientos cuarenta y tres, ni en le dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia, impone al Tribunal Superior de Justicia la obligación de separar a todos los funcionarios judiciales o a alguno de ellos, si le dan facultad para hacerlo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1732/46. Suárez Arvizu Gilberto. 21 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.