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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806398
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 949
TESTIGOS EN EL AMPARO, INTERROGATORIOS A LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 949
Si el tercero perjudicado impugna el interrogatorio conforme al cual fueron examinados los testigos ofrecidos por el quejoso, ante el Juez de Distrito, porque las preguntas contenían más de un hecho, debe decirse que tal circunstancia no pudo ocasionarle agravio alguno, pues el artículo 175 del Código Federal de Procedimientos Civiles solamente aconseja que en las preguntas y repreguntas no se contenga más de un hecho.
Precedentes
Amparo civil en revisión 9064/46. Flores J. Jesús. 25 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Ponente: Emilio Pardo Aspe.