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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806431
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1207
MILITARES, PENSIONES A LOS, RECURSO EN CASO DE INCONFORMIDAD.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1207
Cuando se reclama la determinación de la antigüedad de un militar, por cuanto acepta la cuota de la pensión que se le señala, dicho militar debe de agotar el recurso establecido en el artículo 7o. de la Ley de Depuración de Créditos a Cargo del Gobierno Federal, ya que lo que en realidad se reclama, es el importe de la pensión.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5705/46. Uribe y Mendoza Milton. 2 de mayo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.