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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806437
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1382
SUCESIONES, NOTIFICACIONES A LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1382
Sólo las notificaciones practicadas con el albacea de las sucesiones, tanto en materia civil como administrativa, son las que tiene validez y las que deparan perjuicios. Por tanto, es improcedente la notificación hecha a los herederos o al interventor de una sucesión.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8072/46. Barradas Francisco, sucesión de. 9 de mayo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.