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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806454
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1611
SUSPENSION, POR CAUSA SUPERVENIENTE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1611
Para que proceda conceder o revocar la suspensión, la causa superveniente debe fundarse en actos nuevos o posteriores a la fecha en que el auto de suspensión se decretó y que eran desconocidos para el Juez y no en actos anteriores, porque entonces no pueden considerarse como hechos supervenientes.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1699/47. Moreno Paz. 5 de junio de 1947. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.