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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806490
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1954
RESPONSABILIDAD PENAL, NO PUEDE PRONUNCIARSE SOBRE ELLA LA AUTORIDAD CIVIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1954
Si el juez responsable, excediendo los límites de la controversia civil, se pronunció condicionalmente sobre la responsabilidad criminal en que pudiera haber incurrido el quejoso, debe concederse la protección federal con tal motivo solicitada.
Precedentes
Amparo civil directo 4524/45. Ortiz Sabino. 16 de junio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.