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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806501
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1791
TRABAJO, EXCEPCIONES EN EL PROCEDIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1791
De conformidad con el artículo 518 de la ley del trabajo que dice: "Si en la audiencia de arbitraje están presentes el actor y el demandado, expondrán el primero su demanda y el segundo su contestación o defensa. En todo caso, el demandado deberá referirse a todos y cada uno de los hechos que comprende la demanda, . . . .o refiriendo los hechos como crea que hayan tenido lugar", se ha declarado que basta con que se exprese el contenido de la disposición legal en que se apoye la defensa, aunque no se cite el número del artículo respecto de la ley aplicable, para que se tome en consideración la excepción opuesta.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8148/44. Arellano viuda de Carmona Luisa. 7 de diciembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.