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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806507
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2394
SUSPENSION PEDIDA POR EXTRAÑOS A UN PROCEDIMIENTO (OCUPACION).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2394
Para la demostración del interés jurídico, cuando la suspensión es pedida por extraños al procedimiento, basta un principio de prueba que acredite, la existencia de un interés en favor del quejoso, para la procedencia de la suspensión que solicita, y en efecto está acreditado este interés, si la quejosa, con título o sin él, ocupa una localidad en la casa cuya posesión se ordenó dar a otra persona, pues es de presumirse que la persona que tiene la posesión, es la agraviada.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 9616/46. Ledesma viuda de Sastré Irene. 28 de junio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.