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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806522
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 695
ALCOHOLES, TRANSPORTE DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 695
No puede estimarse que la Ley del Impuesto sobre Aguamieles y Productos de su Fermentación, en lo relativo a productos gravados, haya quedado modificada por la de Vías Generales de Comunicación, por ser de fecha anterior a ella, en lo concerniente a que las empresas de transporte no podrán rehusarse a aceptar los envíos de productos alcohólicos, ya que, evidentemente, se trata de leyes de materias distintas que obligan por igual, a dichas empresas, como sujetos, posibles de responsabilidades fiscales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 345/46. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 19 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.