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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
806570
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVIII, Segunda Parte; Pág. 11

POLICIA JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ, CARENCIA DE FACULTADES DE LA.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVIII, Segunda Parte; Pág. 11

Precedentes

Amparo directo 3123/67. Gaspar Pérez Hernández. 4 de diciembre de 1968. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen CXXXVII, página 27. Amparo directo 3149/68. Diego Flores Contreras. 21 de noviembre de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández.
Registro digital (IUS): 806570