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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806590
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 937
ROBO, PENA PARA EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 937
Si el reo se propuso robar en una casa, sin saber que lo que resultó robado pertenecía a varios dueños, la unidad de intención justifica que se tome como base de la pena el monto de lo robado en total, independientemente del número de dueños, con tanta mayor justificación, si se trata de un sólo acto ejecutado por varias personas que admitieron haber formado un todo en acción y más tarde en productos para repartirse éstos, ya que el artículo 14 del Código Penal manda que los ejecutores conjuntos sean responsables aun de delitos distintos del principal cometidos por alguno o algunos de ellos, en las circunstancias que el mismo especifica.
Precedentes
Amparo penal directo 3979/45. Sierra Almeida Francisco. 24 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.