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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806596
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 721
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 721
Aun cuando el heridor haya tenido el carácter de agredido y haya lesionado a su agresor impulsado por el mal comportamiento de éste, no puede aceptarse la defensa legítima, si el procesado no estuvo en inminente peligro de perder la vida o en condiciones de suponer este peligro, y pudo muy bien evitar la agresión de que fue víctima por otros medios, o en último extremo, preverla.
Precedentes
Amparo penal directo 8827/45. Robles Martínez Salvador. 12 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.