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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806649
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1937
SENTENCIAS PENALES (CLASIFICACION DEL DELITO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1937
El artículo 21 constitucional prohibe que se cambie la clasificación del delito por el cual ejercita la acción penal el Ministerio Público, que se excedan los límites del pedimento acusatorio y que se condene al reo por un delito de mayor gravedad que el imputado o que conste de diferentes elementos.
Precedentes
Amparo penal directo 4055/45. Martínez Fidencio y coagraviado. 5 de junio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.