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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806668
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2071
SALARIOS CAIDOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2071
La sanción que se impone a los patrones para cubrir los salarios caídos, depende de las responsabilidades adquiridas con motivo del incumplimiento del contrato de trabajo, cuando este incumplimiento surge de un acto volitivo y potestativo de los propios patrones, pero no cuando surge de una imposibilidad física y legal, como ha sucedido tratándose de las compañías petroleras, que a partir de la expropiación, no pudieron seguir manejando la industria y menos cumplir con las obligaciones derivadas de sus contratos de trabajo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 9238/45. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 6 de junio de 1946. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.