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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806684
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1605
TERCER PERJUDICADO EN AMPARO PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1605
Si aun cuando el recurrente no es acusado sí es indiciado, y lo afectan las determinaciones combatidas en el amparo, legalmente tiene el carácter de tercer perjudicado, y tiene, por tanto, el derecho de interponer el recurso de queja.
Precedentes
Queja en amparo penal 583/45. Spitalier Ernesto. 9 de mayo de 1946. Unanimidad de cinco votos, por cuanto al punto primero resolutivo, y por mayoría de tres votos, en cuanto al punto segundo resolutivo. Disidentes: José María Ortiz Tirado y Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.