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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806714
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2592
INTERDICTO DE RECUPERAR LA POSESION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2592
La acción interdictal no procede contra actos de autoridad, aun cuando los mismos implicasen un desposeimiento semejante al despojo, ya que en ese caso, no se cumplen los requisitos exigidos por la ley, ni puede hablarse propiamente de actos violentos que de propia autoridad tienden a la desposesión.
Precedentes
Amparo civil directo 4100/43. Auleta Laura. 20 de junio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.