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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806719
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2595
PRUEBAS EN MATERIA DE TRABAJO INCONDUCENTE APLICACION DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2595
El artículo 167 del Código Federal de Procedimientos Civiles, no tiene aplicación en el caso, toda vez que la Ley Federal del Trabajo contiene precepto expreso (artículo 524) que regula la manera y términos en que deben recibirse las pruebas ofrecidas por las partes, en los juicios de trabajo, o sea, en la audiencia que determina el último párrafo del artículo 521 del último ordenamiento citado, con las salvedades contenidas en el artículo 523.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7926/45. Caravantes Antonio. 20 de junio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.