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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806738
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2863
PERMISOS DE RUTA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2863
Si no hay constancia de que las autoridades responsables, dentro de los primeros quince días del año, hayan publicado el programa de trabajos y que se hayan basado en un estudio previo sobre la capacidad de la ruta y las necesidades de la región, al conceder permiso de ruta a determinadas personas, se viola el artículo 8o., fracción IV, de la Ley de Vías Generales de Comunicación y, en consecuencia, el artículo 16 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1563/46. "Transportes Zacatecanos", S. C. L. 26 de junio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.