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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806771
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3128
MEDICINAS, RECURSO QUE DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO CONTRA LA S MULTAS IMPUESTAS POR LA VENTA ILEGAL DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3128
Contra las multas que se impongan a una persona, por tener en su botica clandestina, productos medicinales que no cumplen los requisitos del Código Sanitario Federal y por que maneje y suministre al público medicinas sin la licencia correspondiente y sin llenar los requisitos reglamentarios, antes de ocurrir al juicio constitucional, debe agotarse el medio de reparación que otorga el artículo 501 del referido Código Sanitario.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8777/41. Carrillo Francisco Alonso. 26 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Gabino Fraga, no votó en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Franco Carreño.