Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/806784
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806784
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 5216
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 5216
Para que proceda el amparo y la suspensión pedidos contra una persona que se ostenta como extraña al procedimiento, es indispensable que, cuando menos, presuntivamente, demuestre el interés jurídico que le asiste, para determinar si en efecto puede causarle el acto que reclama un perjuicio y si éste es de difícil reparación.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8900/41. Padilla Calderón J. Jesús. 21 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.