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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806836
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4069
REIVINDICACION DE UN INMUEBLE PERTENECIENTE EN PARTE A UNA SUCESION Y EN OTRA AL CONYUGE SUPERSTITE Y QUE FUE ADJUDICADO AL ACTOR MEDIANTE DOS RESOLUCIONES JUDICIALES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4069
Si a una persona se adjudicó mediante una resolución judicial, el cincuenta por ciento de un bien, porcentaje perteneciente por concepto de gananciales, al cónyuge supérstite de una sociedad legal, y después obtuvo de la sucesión el otro cincuenta por ciento, por resolución de la misma índole, debe estimarse que dicha persona adquirió la totalidad del bien y tiene título de propiedad bastante para ejercitar respecto del mismo, la acción reivindicatoria, sin que obste que no se hayan hecho todavía la liquidación de la sociedad legal y la participación de la herencia.
Precedentes
Amparo civil directo 8641/36. Treviño Garza Eloy y coagraviadas. 3 de diciembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Tirso Sánchez Taboada no estuvo presente, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.