Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/806862
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806862
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2979
POSICIONES EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, OPORTUNIDAD PARA PRESENTAR EL PLIEGO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2979
Si al ofrecerse la prueba confesional, la Junta responsable previene la presentación del pliego de posiciones respectivo, apercibiendo, con que de no hacerse, se tendrá por desierta esa prueba, si el apercibimiento se lleva a cabo, es claro que con ello se viola el artículo 524 de la Ley Federal del Trabajo, que otorga a las partes el derecho de hacerse mutuamente todas las preguntas que quieran, sin la formalidad de presentar previamente el pliego de posiciones, y en el caso, se privó de defensa al oferente, puesto que se le tuvo por desierta una prueba que legalmente ofreció, y el amparo que se concede, tiene por objeto que se reponga el procedimiento, mandando que se reciba la prueba de posiciones.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6799/44. López Cañón Matías. 21 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.