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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806923
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1838
PRESIDENTES DE LAS JUNTAS, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1838
Si el quejoso no reclama acto alguno del presidente de la Junta señalado como responsable, procede sobreseerse en el juicio de garantías por lo que se refiere a dicha autoridad, con apoyo en la fracción IV del artículo 74 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7111/43. Flores Gabino y coags. 11 de mayo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.