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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806947
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 294
PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 294
Es inútil hacer un estudio de la exactitud de las pruebas del quejoso, en lo tocante a si con ellas demostró que realmente fuera un trabajador al servicio de la empresa, y no simplemente un agente a comisión mercantil, pues aun suponiendo que de ese estudio se llegase a concluir que la Junta falseó los elementos de convicción susodichos, ello no conducirá a la concesión del amparo, cuando la propia Junta analiza también las relaciones ente ambas partes, como si fuera de trabajo, y absuelve de todas maneras a la demandada, estimando fundada la excepción que opuso para este caso de probidad del actor.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2993/43. Boniche Arturo. 4 de abril de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.