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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806954
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 462
PRESCRIPCION Y CADUCIDAD.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 462
El concepto jurídico de caducidad es muy diferente del de prescripción, ya que mientras la primera exige el cumplimiento de un acto positivo, impuesto por la ley, a efecto de evitar la caducidad del derecho, la segunda se opera por el simple transcurso del tiempo, y es evidente que la ley no exige a los trabajadores ningún acto positivo, ni les impone la obligación de ejercitar su derecho en determinado plazo, por lo que la persona a cuyo favor ha corrido la prescripción, debe invocarla por vía de excepción.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6186/43. "Grupo Roussel", S.A. 12 de abril de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.