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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807019
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2133
PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2133
Las acciones que nazcan de la Ley Federal del Trabajo o del contrato de trabajo, sea colectivo o individual, prescribirán en un año, de acuerdo con el artículo 328 de la Ley Federal del Trabajo, con excepción de los casos previstos en los artículos siguientes del ordenamiento citado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9561/43. Petróleos Mexicanos. 3 de mayo de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Angel Carvajal.