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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807023
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Segunda Parte; Pág. 10
ARMA PROHIBIDA, PORTACION DE, Y LESIONES.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Segunda Parte; Pág. 10
Es intrascendente la afirmación del acusado, de que por el hecho de que utilizara el arma blanca como instrumento de trabajo, no se integre el tipo del delito de portación de arma prohibida, pues el uso del arma blanca queda limitado al lugar en que se realiza el trabajo, pero no autoriza a su dueño a portarlo en el interior de una cantina, que fue el sitio que infirió las lesiones al ofendido.
Precedentes
Amparo directo 6871/61. Lorenzo Chávez Paredes. 30 de julio de 1962. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.