Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/807048
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807048
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2717
PATRONOS, RESPONSABILIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2717
Los casos en que son aplicables los artículos 601 y 602 de la Ley Federal del Trabajo son aquellos en que el actor presentó su demanda, reclamando el cumplimiento del contrato de trabajo, y si en la especie no existió tal reclamación, ni cuando el actor se separó ni después cuando reclamó el pago de la diferencia entre la indemnización constitucional a que creyó tener derecho y el monto de la que efectivamente se le entregó, no debe estimarse que hubo rebeldía por parte del patrón para someter sus diferencias al arbitraje por el hecho de que no se planteara el conflicto de carácter económico.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3042/44. Compañía Singer de Máquinas de Coser. 6 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.