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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807049
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2733
PERSONAL EN LAS FACTORIAS TEXTILES, BASE PARA AUMENTARLO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2733
Si la acción ejercitada en contra de una empresa textil no fue la de ampliar el número de husos efectivos, utilizando los que se hallaban parados para obtener así mayor producción, sino la de ampliar el personal que la empresa había contratado a base de los husos efectivos en la fecha de la demanda, es violatorio el laudo dictado en el sentido de que la pretensión de la empresa de que se descuenten los husos que estaban parados, ya sea por falta de reparaciones, por falta de refacciones o porque las máquinas estaban paradas, no es válida ya que ésta tiene la obligación de mantener su equipo completo, en buenas condiciones para rendir el máximo de trabajo que corresponde al a maquinaria, considerando que por esta razón debía tomarse en cuenta el número total de husos, pues no se deben tener en cuenta los husos parados por fuerza mayor, sino sólo los que se hallan en trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3238/44. Vega Alfonso. 6 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Eduardo Vasconcelos.