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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807063
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2394
BARDAS, CONSTRUCCION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2394
Si en autos no aparece constancia alguna de que se haya hecho las publicaciones concediendo plazo a los afectados para bardar determinados terrenos, es indudable que falta la debida notificación al interesado y, por tanto, la orden para hacer la barda por cuenta del afectado, es violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2037/50. López Arias Miguel. 21 de septiembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Relator: Franco Carreño.