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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
807078
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVIII, Tercera Parte; Pág. 52

MILITARES Y MARINOS, COLONIAS PARA. OBLIGACION DE LAS AUTORIDADES DE NOTIFICAR LA INICIACION DEL JUICIO ADMINISTRATIVO DE PRIVACION DE DERECHOS.

[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVIII, Tercera Parte; Pág. 52

Precedentes

Volumen CXXX, página 72. Amparo en revisión 9567/66. Felizardo Castro López. 25 de abril de 1968. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen CXXXII, página 64. Amparo en revisión 9566/66. Roberto Esquer Costelo. 24 de junio de 1968. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Volumen CXXXIV, página 55. Amparo en revisión 9837/66. Vernon Pérez Rubio Bernard. 2 de agosto de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González. Volumen CXXXV, página 166. Amparo en revisión 5525/67. José María Alvarez Mendoza, sucesión. 5 de septiembre de 1968. Cinco votos. Ponente: Alberto Orozco Romero. Volumen CXXXV, página 166. Amparo en revisión 6491/67. Jesús Basumea Jambiol, sucesión. 12 de septiembre de 1968. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 807078