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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807099
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 3343
PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 3343
Si bien es cierto que el artículo 560 de la Ley Federal del Trabajo, faculta a los presidentes de las Juntas para que a su juicio tomen las medidas solicitadas en su resolución relativa, también lo es que están obligados a expresar los motivos que los hayan llevado a hacerlo, pues de otra manera se infringe el artículo 16 constitucional.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 9904/43. Mireles Jesús. 14 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Antonio Islas Bravo.