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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
807118
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 33, Tercera Parte; Pág. 16

AGRARIO. BIENES COMUNALES. RECONOCIMIENTO Y TITULACION. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. NO SON CONSTITUTIVAS, SINO DECLARATIVAS DE LOS DERECHOS CUYA EXISTENCIA RECONOCEN.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 33, Tercera Parte; Pág. 16

Precedentes

Amparo en revisión 5732/70. Mesa de Santiago, S.A. y otros (acumulados). 8 de septiembre de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 16, página 13. Amparo en revisión 1045/69. Comunidad de Herreras y Pascuales, Municipio de Santiago Papasquiaro, Durango. 27 de abril de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: Carlos de Silva. Nota: En el Volumen 16, página 13, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. BIENES COMUNALES. RECONOCIMIENTO Y TITULACION. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. NO SON CONSTITUTIVAS, SINO DECLARATIVAS DE LOS DERECHOS CUYA EXISTENCIA RECONOCEN (INAPLICABILIDAD DEL ARTICULO 130 DEL CODIGO AGRARIO).". En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "RESOLUCIONES PRESIDENCIALES SOBRE RECONOCIMIENTO Y TITULACION DE BIENES COMUNALES. NO SON CONSTITUTIVAS SINO DECLARATIVAS DE LOS DERECHOS CUYA EXISTENCIA RECONOCEN. (INAPLICABILIDAD DEL ARTICULO 130 DEL CODIGO AGRARIO).".
Registro digital (IUS): 807118