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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807160
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4032
PERITO TERCERO, DICTAMEN DEL, EN LOS CONFLICTOS DE TRABAJO
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4032
No es cierto que el dictamen del perito tercero en discordia, sea el único que determina el sentido en que debe resolverse el conflicto, pues aun cuando la opinión de ese facultativo no exprese concretamente que la fibrosis que sufre el trabajador sea consecuencia de una silicosis, la Junta, para concluir en el sentido de la responsabilidad patronal, al tomar en cuenta las demás opiniones médicas recabadas durante la tramitación del conflicto, se encuentran corroboradas con los análisis y radiografías que se practicaron al trabajador.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 371/44. "San Luis Mining Co.". 23 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.