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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807173
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4617
PERMISOS DE RUTA, CANCELACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4617
Para revocar o cancelar un permiso de ruta, debe basarse en alguna de las causas señaladas en el artículo 163 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, lo que no acontece si el permisionario ha acreditado disfrutar de una autorización concedida por la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, autoridad que, sin satisfacer los extremos de la ley que rige el acto, que son los que señala el expresado artículo 163, ha pretendido revocar, suspender o que cesen los efectos de dicha autorización, desconociendo los derechos adquiridos por el quejoso, a quien debió concederse audiencia previa, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Federal, para que la responsable pudiera justificar la legalidad de su procedimiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2686/43. Federación Cooperativa de Autotransportes, "Estrella de Occidente", F. C. L. 30 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.